Las 11 preguntas más frecuentes sobre traducción

Encuentra las respuestas para todas sus dudas sobre traducción libre, traducción jurada y la Apostilla de La Haya


1.     ¿Cuál es la diferencia entre traducción y versión?

En Brasil, definimos la traducción el hecho de pasar un documento de un idioma extranjero para portugués mientras la versión tiene que ver con textos que son replicados de portugués en un idioma extranjero.

2.     ¿Cuál es la diferencia entre traducción libre y traducción jurada?

La traducción libre, o simple, es utilizada para cualquier situación en que no haya exigencias legales (como traducción de libros, presentaciones, currículums y textos en general). Por otro lado, la traducción jurada es un documento oficial, en general exigida para presentación en juicio y organismos públicos (por ejemplo, en caso de certificados de estudios y diplomas para intercambios y documentación para ciudadanía extranjera).

Ese tipo de traducción es producida y presentada de forma impresa y firmada en papel timbrado propio de cada traductor debidamente nombrado y habilitado por la Junta Comercial de cada estado conforme la residencia y actuación del traductor público, también conocido como traductor jurado.

3.     ¿La traducción jurada es válida en todo el territorio nacional?

Sí. La traducción jurada de idiomas extranjeros es válida en todo el territorio nacional.

4.     ¿La traducción jurada para idiomas extranjeros es aceptada en cualquier país?

En la mayoría de los países, sí, principalmente en los que forman parte de la Convención de La Haya, pero es importante verificar si los documentos fueron emitidos y están legalizados de acuerdo con las exigencias de aceptación de los países de destino.

Por ejemplo, algunos países en sus procesos de visa o ciudadanía exigen que los certificados estén con fecha de emisión actualizada o en entero tenor – este tipo de certificado contiene todos los registros que fueron hechos a lo largo de la vida de una persona, como casamiento, divorcio y fallecimiento.

Algunos países tienen exigencias específicas, como Australia, por ejemplo, que en algunos procesos exige que la traducción sea hecha por un traductor Naati (National Accreditation Authority for Translators and Interpreters), o España, que pide que la traducción jurada sea realizada por un traductor jurado en España.

Para esos y otros casos, Global cuenta con traductores habilitados en su equipo para emitir tales traducciones.

5.       ¿Para obtener una traducción jurada es necesario presentar el documento original?

Depende. La traducción jurada es siempre, de alguna forma, vinculada a su original por un sello, rubrica o anotación hecha por el traductor jurado. La exigencia de la presentación del original, copia autenticada o copia simple depende del órgano donde será presentada esa traducción jurada. Ante la duda, facilite el original al momento de la traducción.

6.     ¿Puedo retirar las cintitas o sellos de los documentos originales para digitalizarlos?

No. Los documentos oficiales no deben ser alterados o tachados, ya que son legalizados de esa forma para probar su autenticidad.

7.     ¿Es posible informar precio y plazo para conclusión de una traducción jurada sin presentación de los documentos a ser traducidos?

En general no, ya que el valor y los plazos varían conforme el volumen, la especificidad y la calidad de la impresión de los documentos o archivos recibidos.

8.     ¿Existe traducción jurada de portugués de Portugal para portugués de Brasil (y viceversa)?

El portugués hablado en Portugal es reconocido en Brasil y viceversa (véase Decreto nº 6.853), pero en algunos casos existe una demanda para “adaptación” de esos textos. Para esos casos, Global Translations.BR ofrece la revisión del texto y la adaptación a la forma brasileña o portuguesa de escribir y la entrega de la traducción en archivo electrónico, o cuando sea necesario, en papel timbrado de la empresa, firmado por su socia ejecutiva, Virginia Randmer, traductora y ciudadana brasileña y portuguesa.

9.     ¿Qué es la Apostilla de La Haya?

El apostillado de un documento es un certificado, formalizado por un sello o estampilla, publicado en un documento a fin de certificar su origen, para que el mismo tenga validez en los países que forman parte de la Convención de La Haya. Eso facilita la aceptación de los documentos brasileños en el exterior y de documentos extranjeros en Brasil, ya que poseen su reconocimiento mutuo. Verifique aquí si el país de donde viene su documento o para donde su documento será enviado, forma parte de la Convención de La Haya.

10.  ¿El apostillado debe hacerse antes o después de la traducción jurada?

El apostillado de los originales en portugués puede hacerse antes o después de la traducción para el idioma extranjero, pero, en general, se hace después, ya que tanto el original como la traducción jurada deben estar apostillados. Es importante mencionar que, para el apostillado, los registros exigen que los documentos originales y las traducciones juradas estén con las firmas reconocidas.

En el caso de documentos recibidos de países firmantes de la Convención de La Haya para uso en Brasil, deben venir ya apostillados del exterior. Documentos venidos de países que no sean firmantes de la Convención y no tengan acuerdos bilaterales con Brasil, necesitan ser legalizados por un escribano público en el exterior y por el consulado brasileño. Para países no firmantes de la Convención, pero con acuerdos bilaterales con Brasil, se prescinde del certificado consular y se exige solo la legalización por escribano público en el país de origen.

11.  ¿Si la apostilla ya posee el idioma para el cual voy a traducir, necesito registrar esa información en la traducción jurada?

Sí. En esos casos es necesario incluir la mención y la numeración de la apostilla en la traducción jurada, así como el resto del texto que consta en ese documento.

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